Congelarán precios de carros, motos y repuestos

Son los artículos 5 y 6 de la Ley sancionada los que le dan la potestad a la Sundecop de fijar los precios de vehículos nuevos. Uno de los cambios realizados agrega que ese organismo "tiene la obligación de revisarlos cada 6 meses o cuando lo estime necesario", dejando la puerta abierta para que la regulación se convierta en una congelación.

Cuando el Presidente de la República firme la Ley que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados, los precios de carros, motos y repuestos quedarán congelados. Será el primer efecto de una norma que, una vez promulgada, puede provocar otros efectos negativos para el mercado ya distorsionado y para una industria, cuya producción está en el nivel de 2003.

La primera disposición transitoria del texto no sufrió modificaciones de fondo y al entrar en vigencia, el precio máximo de venta de los automóviles será el que tenían al 28 de febrero. Señala que "en un plazo no mayor a 120 días, los órganos o entes de la administración pública con competencia en materia de costos y precios tienen la obligación de fijar el precio máximo de venta de los vehículos automotores terrestres nuevos. Hasta tanto no se establezcan estos precios, se toma como precio máximo de venta de los vehículos automotores terrestres nuevos los sugeridos por las ensambladoras en fecha 28 de febrero de 2013".

Con autos, motos y autopartes ocurrirá lo mismo que sucedió con los 19 rubros de cuidado personal y del hogar que regula la Superintendencia Nacional de Costos y Precios, y cuyos precios están congelados desde abril de 2012.

Son los artículos 5 y 6 de la Ley sancionada los que le dan la potestad a la Sundecop de fijar los precios de vehículos nuevos. Uno de los cambios realizados agrega que ese organismo "tiene la obligación de revisarlos cada 6 meses o cuando lo estime necesario", dejando la puerta abierta para que la regulación se convierta en una congelación.

Para la fijación de los precios de los vehículos usados la lectura del informe final del texto tampoco arrojó sorpresas. Los propietarios deberán aplicar una fórmula cuyo resultado será producto del cálculo del "valor de reposición" y de la "depreciación" de los automóviles. El Ministerio de Comercio será el ente encargado de administrar una página Web que permitirá aplicar la fórmula y obtener un certificado que indique el valor permitido de venta.

En la práctica, una vez se promulgue la Ley habrá una depreciación por decreto de los carros usados, ya que la segunda disposición transitoria establece que mientras Mincomercio crea la Web "el precio máximo de venta no podrá exceder 90% del precio de los vehículos nuevos vigentes a la fecha 28 de febrero de 2013 del mismo modelo o de similares características, estructura y diseño".

La Ley contempla que las notarías no pueden registrar una operación de compra-venta por un monto distinto al que arroje esa fórmula. Las aseguradoras no podrán ofrecer pólizas por valores distintos a los que determine la Sundecop o la fórmula en el caso de los usados, los bancos tampoco podrán dar créditos por montos superiores a los oficiales y ningún medio de comunicación puede divulgar precios distintos a los legales.

Las dos visiones 

La bancada de la oposición rechazó la sanción de la Ley por considerar que no resolverá los problemas del mercado ni atiende las causas de las distorsiones. Vestalia Sampedro, diputada de la MUD, dijo que "no podemos acompañarlos en este texto porque no va a ser la solución. Venezuela no necesita más leyes de regulación y control como las que han imperado sin que exista una solución real".

Elvis Amoroso, del PSUV, dijo que la norma frenará "de una vez por todas a la especulación". Reiteró sus acusaciones contra los dueños de los concesionarios y directivos de ensambladoras. "Esos señores han sido unos verdaderos malandros que han estafado al pueblo desde hace 5 años".

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