Corte notificará a la OEA que Venezuela está al margen del derecho internacional

La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia a favor de los ex magistrados de la Corte Primera

Será la primera vez que se informe ante la Asamblea General que un Estado se niega a cumplir un fallo.

Por primera vez en la historia de la Organización de Estados Americanos se dará advertirá en la Asamblea General de dicho organismo de que un Estado miembro decidió negarse a cumplir una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Venezuela.

En el día de clausura de la 43º Asamblea General de la OEA el presidente de la Corte Interamericana, Diego García Sayán, leerá ante las delegaciones de los 34 países miembros el informe anual de la instancia judicial a su cargo, en el que hará una mención especial al Estado venezolano por haber declarado inejecutable la sentencia que dictó el mencionado juzgado internacional el 5 de agosto de 2008 a favor de los jueces destituidos de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo Juan Carlos Apitz, Perkins Rocha y Ana Ruggeri.

El presidente de la Corte Interamericana pondrá en cuenta a los gobiernos de los países de la región de que Venezuela –con fundamento en un fallo del Tribunal Supremo de Justicia– se negó a reintegrar a los tres jueces al Poder Judicial en cargos equiparables en rango, remuneración y beneficios sociales a los que les corresponderían en la actualidad si no hubiesen sido destituidos; a pagarles los montos que fueron fijados por concepto de daño material, inmaterial y reintegro de costas; así como a publicar la sentencia.

La intervención de García Sayán será mañana después de las 3:30 pm, hora en la que está fijado el inicio de la última sesión de la Asamblea General que comenzó ayer. La participación del presidente de la Corte Interamericana podrá ser vista en vivo a través de la página web de la OEA.

Advertencia a la región. “Esta acción resulta necesaria en casos donde existe un pronunciamiento del más alto tribunal del Estado, en el que se manifiesta el objetivo de incumplir de manera frontal con la obligación de acatar una sentencia de la Corte. Ante esta situación los Estados americanos han dispuesto un sistema de garantía colectiva en donde todos los Estados parte deben realizar todos los esfuerzos para que no haya un evidente abandono de cumplir y acatar las sentencias de la Corte”, se advierte en la resolución que dictó la Corte Interamericana en noviembre y que fue notificada a las partes en marzo, en la que se decidió incluir el incumplimiento de Venezuela en el informe anual que será divulgado mañana.

Esta decisión de la mencionada instancia judicial internacional fue adoptada en ejecución del artículo 65 de la Convención Americana de Derechos Humanos. En él se establece que se someterá anualmente a la consideración de la Asamblea General de la OEA los casos en que los Estados parte no hayan dado cumplimiento a los fallos de la corte.

“Un caso aislado similar a este ocurrió en Perú, pero a los pocos meses cayó el gobierno de Alberto Fujimori y la Corte Interamericana no tomó en cuenta lo ocurrido”, explicó Carlos Ayala Corao, ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Incumplimiento internacional. La Corte Interamericana advierte en la resolución en cuestión que con la decisión de inejecutar el fallo Venezuela se coloca al margen de la ley en el orden internacional.

“El Estado no puede oponer como justificación de su incumplimiento una decisión de un tribunal interno. Es más, la existencia de una decisión como la del Tribunal Supremo, que considere que el fallo emitido por la corte es inejecutable, desconoce los principios básicos de derecho internacional sobre los cuales se fundamenta la la Convención Americana”, se indica en la resolución.

La Corte Interamericana indica además que el fallo del TSJ hace ilusorio el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos perpetradas en Venezuela a acceder a la justicia interamericana.

Ayala Corao explicó que la decisión de poner en conocimiento a las otras 33 delegaciones que asisten a la Asamblea General de la negativa de Venezuela responde al principio de protección colectiva de los Estados parte. “Todos tienen un interés legítimo en que se protejan los derechos humanos en Venezuela. No es injerencia, por eso la convención establece mecanismo para informar los incumplimientos”, señaló.

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