El verdadero alcance del nuevo arancel de Trump para Colombia: por qué será difícil revertirlo y qué puede hacer el gobierno electo de De La Espriella

Más que subir el arancel al 12,5 %, Washington incorporó a Colombia a un esquema legal que reduce las posibilidades de dar marcha atrás a la medida.

La administración de Donald Trump elevó este miércoles al 12,5 por ciento el arancel que cobrará a las importaciones procedentes de Colombia al adoptar un nuevo paquete de gravámenes contra 54 economías que, según Washington, no cuentan con medidas suficientes para impedir el ingreso de bienes producidos con trabajo forzado.

La decisión reemplaza el arancel temporal del 10 por ciento que estaba vigente desde abril del año pasado e incorpora al país a un nuevo régimen comercial basado en la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una herramienta jurídica mucho más sólida que podría hacer estos gravámenes más difíciles de revertir.
La medida fue anunciada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que culminó una investigación iniciada en marzo sobre las políticas de 54 economías frente a la importación de productos elaborados con trabajo forzado.

Como resultado, Washington decidió aplicar un arancel del 12,5 por ciento a los países que, a su juicio, no cuentan con una prohibición efectiva para impedir el ingreso de este tipo de mercancías, mientras que aquellos que sí tienen ese tipo de legislación o asumieron compromisos concretos con Estados Unidos recibieron un gravamen del 10 por ciento.

En el caso colombiano, el Registro Federal señala expresamente que, tras evaluar los resultados de la investigación, los comentarios recibidos y el concepto de los distintos comités asesores, el Representante Comercial determinó imponer “un arancel del 12,5 por ciento a los productos del país, salvo las excepciones previstas en los anexos de la decisión”, al considerar que esa medida es la adecuada para lograr la eliminación de las prácticas que dieron origen a la investigación.

¿Por qué el cambio es más importante de lo que parece?

Aunque el aumento frente al arancel vigente parece relativamente pequeño —apenas 2,5 puntos porcentuales—, el verdadero cambio está en la naturaleza jurídica del nuevo esquema.

Hasta ahora, Colombia estaba sujeta al arancel general del 10 por ciento que Trump reimpuso este año después de que la Corte Suprema invalidó buena parte de la estrategia comercial que el mandatario había construido utilizando la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA).

Ese gravamen, concebido como una medida transitoria, expiraba este viernes.

El nuevo arancel, en cambio, descansa sobre la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una facultad que permite al gobierno estadounidense responder a prácticas extranjeras que considere “irrazonables”, “injustificables” o discriminatorias y que afecten el comercio de Estados Unidos. A diferencia de la IEEPA, esta es una herramienta utilizada desde hace décadas por administraciones republicanas y demócratas y que ya sirvió de base para los aranceles impuestos a China durante el primer mandato de Trump.

Especialistas en comercio internacional consideran precisamente que esa es una de las principales fortalezas de la nueva estrategia, pues bajo la Sección 301 los aranceles tienen muchas menos probabilidades de ser anulados en los tribunales que las medidas de emergencia utilizadas inicialmente por la Casa Blanca, precisamente porque descansan sobre un marco legal ampliamente consolidado.

¿Todas las exportaciones colombianas pagarán el nuevo arancel?

El anuncio tampoco significa que absolutamente todas las exportaciones colombianas pasarán automáticamente a pagar un arancel del 12,5 por ciento.
La propia resolución mantiene numerosas excepciones. El USTR excluyó materias primas cuyo gravamen podría afectar el abastecimiento estadounidense, bienes que provocarían disrupciones económicas, productos que no pueden fabricarse en cantidades suficientes en Estados Unidos y otras categorías específicas incluidas en los anexos de la decisión. En el caso colombiano, el aviso oficial establece además que el gravamen se aplicará “excepto” a los productos contemplados en esos anexos.

Eso significa que, al igual que ocurría con los aranceles temporales anteriores, habrá productos que continuarán ingresando sin este gravamen o que conservarán un tratamiento diferente dependiendo de su clasificación arancelaria.

La investigación que dio origen a estos nuevos aranceles fue abierta el 12 de marzo por instrucciones directas de Trump. Durante varios meses, la Oficina del Representante Comercial realizó audiencias públicas, recibió más de 3.700 comentarios escritos y sostuvo consultas con más de 45 gobiernos antes de concluir que las prácticas de las 54 economías investigadas restringían el comercio estadounidense al no impedir adecuadamente la importación de bienes elaborados con trabajo forzado.

Según explicó el embajador comercial Jamieson Greer, la decisión busca presionar a los socios comerciales de Estados Unidos para que adopten y hagan cumplir prohibiciones similares a las que existen desde hace décadas en la legislación estadounidense.

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